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Este lunes comenzará el juicio contra el exgobernador José Alperovich, acusado de abusar sexualmente de su sobrina

El debate se extenderá entre tres y cuatro meses y está prevista la declaración de más de 81 testigos. Los delitos que se imputan conllevan una pena máxima de hasta 15 años de prisión

Este lunes arranca el juicio contra el exgobernador y exsenador de Tucumán, José Alperovich, acusado de presunto abuso sexual contra su sobrina, quien además fue su colaboradora. El Tribunal Oral número 29, bajo la dirección unipersonal del juez Juan María Ramos Padilla, será el encargado de llevar adelante el proceso, estimándose que se extenderá entre tres y cuatro meses.

La acusación se centra en los supuestos abusos sexuales perpetrados por Alperovich contra su sobrina entre los años 2017 y 2019, tanto en sus oficinas en Tucumán como en la Ciudad de Buenos Aires. La imputación que se presentará en el juicio sostiene que el ex gobernador cometió estos actos “mediante abuso de poder y autoridad”, generando un sometimiento sexual ultrajante a la víctima.

El juicio se llevará a cabo en la planta baja del edificio judicial ubicado en la calle Paraguay 1536 de la capital, y el fiscal a cargo será Sandro Abraldes, quien sostendrá la acusación formulada en la etapa de instrucción por sus colegas Santiago Vismara y Mariela Labozetta, titular de la fiscalía contra la violencia hacia las mujeres UFEM.

Entre los 81 testigos previstos para el juicio se encuentra Juan Manzur, ex gobernador tucumano y ex jefe de Gabinete durante el gobierno de Alberto Fernández.

Cabe destacar que Alperovich había solicitado un jurado popular invocando una norma vigente en la Ciudad de Buenos Aires, pero el tribunal desestimó esta petición.

El planteo fue rechazado por el juez de primera instancia que investigó el caso, Osvaldo Rappa, por la Cámara del Crimen y luego por el juez del Tribunal Oral Criminal 29, Juan Ramos Padilla. Ese magistrado sostuvo en su resolución que los juicios por jurados no están previstos para la justicia nacional -si bien lo establece la Constitución Nacional, el Congreso nunca sancionó la ley que lo regule- y que el delito por el que está acusado no fue transferido a la ciudad de Buenos Aires, donde su justicia si tiene jurados de ciudadanos.

La defensa de Alperovich sostenía que se debe aplicar la ley 6451 de la ciudad que establece el juicio por jurados obligatorio para los delitos que superen la pena de 20 años de prisión, lo que se da en su caso. “A nuestro modo de ver, no existe óbice para que un tribunal de la justicia nacional aplique una ley de procedimiento dictada por la ley Legislatura de la ciudad de Buenos Aires”, sostuvo su defensa.

Al momento de pedir la elevación a juicio de la causa, los fiscales Mariela Labozzetta, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) y Santiago Vismara manifestaron la relevancia de evaluar los distintos factores de la causa con perspectiva de género.

En ese sentido, recordaron que la Ley 26.485, de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, define a la violencia contra las mujeres como “toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal”.

La causa

La causa comenzó en 2019, cuando su sobrina, que trabajaba como su asistente personal, lo denunció por tres hechos de abuso sexual -dos de ellos cometidos en tentativa- y seis sucesos de violencia sexual agravada por haber sido con acceso carnal. Los hechos se produjeron tanto en Tucumán como en un departamento de Puerto Madero.

La denunciante además de ser pariente de Alperovich, era amiga de una de las hijas del ex gobernador y trabajaba en el círculo más cercano al político tucumano.

“Los métodos para obtener el control de la víctima consisten en infligir el trauma psicológico de forma sistemática y repetitiva. Son técnicas organizadas de debilitamiento y desconexión. Estos métodos están pensados para causar terror e indefensión y destruir el sentido del yo de la víctima en relación con los demás. El efecto de esta técnica es convencer a la víctima de que el abusador es omnipotente, que resistirse es inútil y que su vida depende de que se gane indulgencia a través de la sumisión absoluta”, precisaron los fiscales a cargo de la causa.

Los delitos que se imputan al ex gobernador conllevan una pena máxima de hasta 15 años de prisión.

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