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La Justicia Electoral confirmó sanciones contra La Libertad Avanza por irregularidades contables

La Cámara Nacional Electoral confirmó una resolución que desaprobó el estado contable de La Libertad Avanza de La Pampa correspondiente al ejercicio 2024 y ratificó la suspensión de los aportes públicos al partido durante un año. La agrupación, presidida en el distrito por el vocero presidencial Adrián Ravier, había apelado la decisión del juez federal de Santa Rosa, Juan José Baric.

El fallo de primera instancia, dictado en julio, cuestionó distintos aspectos de la rendición de cuentas del espacio político. Tras analizar la apelación presentada por la apoderada partidaria, Johanna Denisse Harostegui, los camaristas Alberto Dalla Vía, Daniel Bejas y Santiago Corcuera resolvieron mantener las sanciones.

Entre las principales observaciones, el juez Baric señaló que el balance de 2024 fue presentado fuera del plazo establecido. También advirtió que, pese a que el partido obtuvo su personería jurídico-política en mayo de 2023, recién abrió una cuenta bancaria única en mayo de 2025. Por ese motivo, no había extractos bancarios correspondientes al período examinado, una situación que consideró contraria a la Ley de Financiamiento de los Partidos Políticos.

Otra de las objeciones estuvo vinculada con la falta de documentación respaldatoria de aportes recibidos en efectivo por $546.080. Según el magistrado, esa omisión impedía verificar de manera fehaciente el origen de los fondos.

La resolución también cuestionó la falta de declaraciones juradas de los aportantes, la ausencia de registros vinculados con ajustes por inflación y la falta de comprobantes de determinados gastos declarados en concepto de propaganda y difusión institucional.

Los argumentos de la apelación

En su presentación ante la Cámara, La Libertad Avanza sostuvo que la falta de bancarización no convierte automáticamente en desconocido el origen de un aporte identificado. Además, argumentó que la ausencia de un recibo oficial no vuelve anónima una contribución cuando están consignados el nombre del aportante, la fecha y el monto.

La agrupación también rechazó las observaciones relacionadas con los gastos. Afirmó que en el expediente había incorporado documentación que permitía reconstruir los movimientos económicos del ejercicio y detalló desembolsos destinados, entre otros conceptos, al alquiler de la sede partidaria y a la protocolización de los estados contables. Entre los comprobantes mencionados figuraba uno del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de La Pampa por $346.080.

Sin embargo, los jueces electorales consideraron que no estaba en discusión que el partido no había canalizado la totalidad de sus fondos a través de la cuenta bancaria única, que fue registrada dos años después de su reconocimiento oficial.

Un año sin aportes públicos

Para la Cámara Nacional Electoral, el uso de la cuenta bancaria única resulta central para garantizar el control judicial sobre el financiamiento partidario. El tribunal remarcó que la normativa vigente no contempla que los fondos de las agrupaciones puedan mantenerse fuera de esa cuenta y sostuvo que su incumplimiento dificulta la fiscalización de los recursos.

Con la confirmación del fallo, La Libertad Avanza La Pampa no podrá recibir aportes públicos durante un año. La sanción alcanza tanto a los fondos permanentes provenientes del Ministerio del Interior como al financiamiento público destinado a la campaña presidencial de 2027.

La resolución, no obstante, no impide que el partido continúe recibiendo contribuciones de origen privado, otra de las fuentes de financiamiento previstas para las agrupaciones políticas.

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