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La Corte Suprema obliga a La Pampa a intervenir en el juicio de Mendoza por las regalías de Los Nihuiles

El Máximo Tribunal resolvió que La Pampa debe presentarse en la causa que Mendoza inició contra el Estado Nacional por la distribución de las regalías hidroeléctricas del Complejo Los Nihuiles, sobre el río Atuel. La Provincia tiene 60 días para hacerlo, según el plazo fijado en base al artículo 94 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

El expediente —»Mendoza, Provincia de c/ Estado Nacional s/ nulidad de acto administrativo – daños y perjuicios»— se tramita desde 2022 y apunta directamente al Decreto 1560/1973, la norma que le asignó a La Pampa el 50% de las regalías generadas por el complejo. Mendoza pide su nulidad «absoluta e insanable», sostiene que esos fondos se transfirieron «sin causa alguna» y reclama tanto la restitución de lo pagado desde 1973 como una indemnización por daños y perjuicios. Con valores de diciembre de 2021, esa cifra rondaba los $67.338 millones, a los que se suman intereses y costas.

La citación a La Pampa llegó por pedido del propio Estado Nacional, que al contestar la demanda argumentó que cualquier fallo impactaría de manera directa sobre los fondos provinciales. Mendoza se opuso a esa incorporación, pero la Corte falló que «la controversia le es común» a la provincia pampeana y recordó que ya existe un antecedente de 1973 en el que se admitió su participación como tercero. El planteo de prescripción que hizo la Nación sobre el reclamo indemnizatorio quedó, por ahora, sin resolver: los jueces lo dejaron para la sentencia definitiva.

El fallo no se pronuncia sobre el fondo del asunto —ni sobre la validez del decreto ni sobre si corresponde la millonaria demanda— pero pone a La Pampa en la obligación de salir a defender en tribunales un recurso que percibe hace más de cinco décadas.

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