El Tribunal de Impugnación Penal ratificó la sentencia contra Francisco Roldán por la muerte de Lía Camila Sequeira Falcón, ocurrida en enero de 2024. La pena incluye prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir.
El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa confirmó la condena a cinco años de prisión para Francisco Roldán, hallado responsable del delito de homicidio culposo agravado tras atropellar y causar la muerte de Lía Camila Sequeira Falcón, una joven de 22 años. El hecho ocurrió el 16 de enero de 2024 en la intersección de avenida Circunvalación y Cavero, en la ciudad de Santa Rosa.
La resolución fue firmada por los jueces Mauricio Federico Piombi y María Eugenia Schijvarger, quienes rechazaron los recursos presentados tanto por la defensa del acusado como por la querella. De este modo, quedó firme la pena de cinco años de prisión efectiva y la inhabilitación para conducir vehículos por diez años.
Con esta decisión se configura el llamado “doble conforme”, lo que permite que la condena pueda ejecutarse de manera inmediata, aun cuando se presenten nuevos recursos ante el Superior Tribunal de Justicia. Hasta ahora, Roldán se encontraba con prisión preventiva bajo la modalidad de arresto domiciliario.
El fallo original había sido dictado el 10 de noviembre por la Audiencia de Juicio de Santa Rosa. La fiscalía no apeló la sentencia porque coincidía con la pena solicitada, mientras que sí lo hicieron la defensa y la querella que representa a la familia de la víctima.
Durante la revisión del caso, el TIP consideró que la sentencia estuvo correctamente fundada y que la valoración de las pruebas fue adecuada. Entre los elementos analizados se incluyeron pericias y registros de video que determinaron que el conductor circulaba a una velocidad mínima de 99 kilómetros por hora y cruzó un semáforo en rojo.
La querella había solicitado que el hecho fuera encuadrado como homicidio simple con dolo eventual o como homicidio culposo triplemente agravado, con una pena mayor. Sin embargo, el tribunal descartó esa posibilidad al considerar que esa figura penal no había sido imputada formalmente durante el proceso.
Por su parte, la defensa cuestionó las pericias y sostuvo que el acusado no circulaba a la velocidad indicada, además de plantear que la víctima habría comenzado a cruzar antes de que el semáforo la habilitara. También pidió excluir los videos incorporados a la investigación, algo que el tribunal rechazó al no advertir irregularidades en su obtención.
Finalmente, los jueces ratificaron la pena al considerar que correspondía apartarse del mínimo legal de tres años debido a las agravantes comprobadas, entre ellas el exceso de velocidad y el cruce del semáforo en rojo, además del impacto que el hecho provocó en la familia de la víctima.







